" Una posible tutela de derechos para excluir las agendas por ser "prueba ilícita" no debiera prosperar. Y en cuanto al delito previo, debe reafirmarse el estándar del Acuerdo Plenario N° 03-2010 de la Corte Suprema que exige una mínima actividad probatoria mediante la prueba por indicios, en el caso NH son varias la hipótesis sobre el delito fuente."
El Prof. Dr. Carlos Caro Coria sobre situación de la primera dama, Nadine Heredia Alarcón, en Ela página A20 de El Comercio y en su versión web.
A través de: El Comercio