ASPECTOS
PENALES DE LA LEY N° 30506 DE DELEGACIÓN DE FACULTADES LEGISLATIVAS
El 9 de
octubre se publicó en el Diario El Peruano la Ley N° 30506, Ley que delega en
el Poder Ejecutivo la facultad para legislar en materia de reactivación
económica y formalización, seguridad ciudadana, lucha contra la corrupción,
agua y saneamiento y reorganización de Petroperú, por un plazo de 90 días
calendario, materias que involucrarán reformas en materia penal, procesal penal
y penitenciaria, con incidencia en los negocios.
En cuanto a
la llamada reactivación económica y formalización, se emitirán Decretos
Legislativos para fortalecer el marco legal contra la minería ilegal, lo que
podría implicar una reforma de los propios delitos de minería ilegal y delitos
conexos como el lavado de activos, la trata de personas, etc.
Respecto
al rubro seguridad ciudadana, el Poder Ejecutivo podrá crear (tipificar) nuevos
delitos o agravantes, reformar los beneficios penitenciarios e incluso aprobar
un régimen de acumulación de penas, en palabras de la Ley, “para fortalecer la
lucha contra el crimen organizado, terrorismo, narcotráfico, lavado de activos,
delincuencia común, inseguridad ciudadana y afectaciones a la infraestructura,
instalaciones y medios de transporte de hidrocarburos en el país”. La Ley
autoriza asimismo a revisar el delito de feminicidio y sus agravantes, la
terminación anticipada, la confesión sincera, y la regulación sobre beneficios
penitenciarios para combatir la violencia familiar y de género. En cuanto a las
personas
jurídicas, empresas y entidades no lucrativas, la autorización incluye incorporar
la responsabilidad autónoma de las mismas, involucradas en delitos de corrupción,
lavado de activos y financiamiento al terrorismo.
En torno
al derecho penitenciario, se autoriza a declarar en emergencia y proponer la
reestructuración del Sistema Nacional Penitenciario en lo que respecta a su
organización, infraestructura y administración. Del mismo modo, optimizar los procedimientos de
extradición y traslado de condenados, modificar las normas sobre tratamiento del
adolescente en conflicto con la ley penal y los mecanismos alternativos para el
cumplimiento de penas en general.
También se
autoriza a modificar la estructura organizacional y funcionamiento del
Ministerio del Interior, a fin de erradicar los actos de corrupción dentro del
sector, perfeccionar el marco normativo de la Policía Nacional del Perú, el
Ministerio Público y el Poder Judicial para la lucha contra el crimen organizado
y la delincuencia común.
Luego, en
lo que respecta a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF),
la Ley faculta al Ejecutivo a fortalecer el sistema de lucha contra el delito lavado
de activos y el financiamiento del terrorismo, específicamente en cuanto al
acceso al secreto bancario y la reserva tributaria, contándose con autorización
judicial penal, aplicando para ello el sistema de recepción y distribución de
los Centros de Distribución General o Mesa de Partes Autorizadas del Poder
Judicial. Se excluye expresamente la designación de jueces ad hoc y la creación
de nuevas especialidades o subespecialidades en la estructura del Poder Judicial.
Sin embargo, sí se autoriza el establecimiento de criterios de prelación
respecto de la tramitación de dichas solicitudes. También se prevé otorgar
mayores facultades a la UIF para que adicionalmente pueda compartir información
sobre delitos precedentes de lavado de activos con el Ministerio Público, así
como recibir información del Jurado Nacional de Elecciones y la Oficina de
Procesos Electorales.
Finalmente,
en relación a la lucha contra la corrupción, la Ley faculta a la
creación de una Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información
Pública, que garantice el derecho al acceso oportuno y transparente de esa
información pública. También se autoriza aprobar mecanismos para incentivar la
probidad en el ejercicio de la abogacía, medidas para fortalecer la
transparencia en el acceso a cargos públicos, así como medidas para restringir
la posibilidad de que las personas condenadas por delitos contra la
administración pública trabajen como funcionarios del Estado.