Carlos Caro comenta en El Comercio (29.10.17), sobre algunas incongruencias en el Código Penal, en cuanto a la falta de proporcionalidad en las condenas frente a delitos como el aborto o la violación sexual contra un menor de edad.
El Compliance Program como faz negativa de la imputación objetiva (riesgo permitido), será la temática de Carlos Caro en su segundo día de participación en el VI Seminario Internacional Profundizado de Derecho Penal: “El Derecho penal y Procesal penal frente al crimen organizado transfronterizo y las nuevas tecnologías. Corrupción funcional, lavado de activos y estado de derecho".
El evento se realiza en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Políticas de la Universidad Nacional del Nordeste (Argentina).
Fotografías de la participación de Carlos Caro en el VI Seminario Internacional Profundizado de Derecho Penal: “El Derecho penal y Procesal penal frente al crimen organizado transfronterizo y las nuevas tecnologías. Corrupción funcional, lavado de activos y estado de derecho".
Evento organizado en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Políticas de la Universidad Nacional del Nordeste (Argentina).
Video del LV Conversatorio del CEDPE, "Problemas actuales en torno al delito de blanqueo de activos" el cual tuvo como expositores al Prof. Dr. Abel Souto Miguel con el tema: “Análisis comparativo del delito de blanqueo de capitales en España y lavado de activos en el Perú”, y al Prof. Dr. Diego Gómez Iniesta con el tema: “Blanqueo de capitales y nuevas tecnologías”.
Carlos Caro opina en Semana Económica, sobre la Sentencia Plenaria Casatoria 1-2017/CIJ-433, en cuanto a los alcances del delito de lavado de activos y el estándar de prueba para su persecución y condena.
"La imputación objetiva en los casos de contaminación/descontaminación del objeto material en el blanqueo de capitales" y "Lavado de activos provenientes del delito tributario", serán los temas a exponer por Carlos Caro, hoy en el VI Seminario Internacional Profundizado de Derecho Penal: “El Derecho penal y Procesal penal frente al crimen organizado transfronterizo y las nuevas tecnologías. Corrupción funcional, lavado de activos y estado de derecho".
El evento se realizará en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Políticas de la Universidad Nacional del Nordeste (Argentina).
Carlos Caro opina sobre la Sentencia Plenaria Casatoria 1-2017/CIJ-433, en cuanto a los alcances del delito de lavado de activos y el estándar de prueba para su persecución y condena.
Carlos Caro participará en el "Seminario sobre las modificaciones al Código Procesal Penal", con el tema: "La prueba en el Proceso Penal contra la Persona Jurídica". Evento organizado por Forseti - Revista de Derecho.
Carlos Caro participó en la "I Jornada de Capacitación sobre Seguridad y Salud en el Trabajo", con el tema "Derecho Penal y la Seguridad y Salud Ocupacional". #ComplianceLaboral
Evento organizado por la Corte Superior de Justicia de Ancash, y auspiciado por la Compañía Minera Antamina.
Carlos Caro comenta en El Comercio (21.10.17) que la ley del uso medicinal del cannabis se aplicará de manera retroactiva. A propósito de denuncias contra 3 personas por el uso del aceite de marihuana, que serían archivadas.
El Presidente del Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego (Argentina), el Dr. Gonzalo Sagastume, destacó la importancia de la Conferencia Internacional del pasado 13 de octubre, "El estado de la Reforma Procesal Penal en América y Europa", en la que participó Carlos Caro (miembro del Centro de Estudios de Derecho Penal y Procesal Penal Latinoamericano - CEDPAL), durante su estadía en Ushuaia/Argentina.
Nuestro investigador André Sota, entrevistó a la Profa. Dra. Laura Zuñiga Rodríguez (Catedrática acreditada de Derecho Penal en la Universidad de Salamanca/España), a propósito de su exposición en el LIV Conservatorio: "Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, Derechos Humanos y Delitos Ambientales".
Carlos Caro comenta en El Comercio, sobre los criterios según el Código de Ética del Abogado, por los que sería viable la expulsión de Martha Huatay del Colegio de Abogados de Lima CAL.
Carlos Caro participa en el VIII Congreso Internacional de Derecho Penal y III Congreso de Criminalidad Organizada Transnacional, organizado por la Universidad Sergio Arboleda y la Universidad de Salamanca; con el tema: "Lavado de activos proveniente del delito tributario".
Entrevista a Carlos Caro en Visión Jurídica con Decano del Colegio de Abogados de Lima, Pedro Angúlo, sobre la necesidad de implementar el Compliance en las empresas para prevenir delitos como la corrupción y el lavado de activos. A propósito de la Ley 30424 y el D. Leg. N° 1352, que rige a partir del 1 de enero de 2018.
Artículo de opinión de nuestro Socio Fundador Carlos Caro Coria, "¿Aumentarán las condenas por lavado?", publicado hoy en El Comercio, sobre la Sentencia Plenaria Casatoria N° 1-2017/CIJ-433, en cuanto a los criterios fijados por la Corte Suprema para investigar, procesar y eventualmente condenar el delito de lavado de activos en el Perú.
Profa. Dra. Mercedes Herrera Guerrero. Universidad de Navarra/España. Máster en Derecho penal por la Universidad de Alcalá/España. Socia del Estudio Herrera & Florez Abogados.
Prof. Dr. Raúl Pariona Arana Doctor en Derecho por la Universidad de Múnich/Alemania. Profesor en la UNMSM, UPSMP y la PUCP. Socio de Pariona Abogados.
Prof. Dr. Dino Carlos Caro Coria Doctor en Derecho por la Universidad de Salamanca/España Profesor en la PUCP y en la UL. Socio de Caro & Asociados y del CEDPE.
Preguntas:
1. ¿Tras la sentencia plenaria, el delito previo sigue siendo o no un elemento del tipo de lavado?
2. ¿Qué significa que el Ministerio Público debe probar el delito previo solo de modo general?
3. ¿Es conveniente la interpretación del plenario que el delito precedente puede ser cualquiera que genere ganancias ilegales o debe exigirse una mínima gravedad o cualificación?
4. ¿Los estándares "sospecha inicial simple", "sospecha reveladora", "sospecha suficiente" y "sospecha grave" tienen asidero en la doctrina procesal penal?, ¿son los suficientemente claros?, ¿aportan verdaderamente o era necesario precisar de modo concreto, cómo se aplican esos estándares al delito de lavado de activos?
5. ¿La Sentencia Plenaria permitirá mayores condenas por lavado de activos en el Perú?