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21.09.2016

ASPECTOS PENALES DEL PEDIDO DE FACULTADES LEGISLATIVAS DEL PODER EJECUTIVO


El 8 de septiembre el Poder Ejecutivo solicitó al Congreso de la República, mediante el Proyecto de Ley N° 228/2016-PE, facultades para legislar y realizar reformas en materia de reactivación económica y formalización, seguridad ciudadana, lucha contra la corrupción, agua y saneamiento, y la reorganización de Petroperú, por el término de ciento veinte días calendario.


Son varios los aspectos penales de la propuesta. En cuanto a la reactivación de la economía y formalización, entre otros aspectos, se resalta la reducción del IGV y el incremento del impuesto a la renta empresarial de los contribuyentes domiciliados, regulación jurídico-tributaria especial para las micro y pequeñas empresas; y, el perfeccionamiento del marco legal del proceso de formalización y lucha contra la minería ilegal, de modo tal que, sea una minería sostenible, compatible con el medio ambiente y a través de un proceso ordenado y simplificado. Ello significa que la reforma podría implicar una revisión de los tipos penales en materia de delitos tributarios y de minería ilegal.

En torno a la seguridad ciudadana se propone modificaciones normativas a la legislación penal, procesal penal y de ejecución penal. En particular sobre beneficios penitenciarios y acumulación de penas, “para contribuir con la lucha contra el crimen organizado, la delincuencia común, la violencia contra la mujer y las afectaciones a la infraestructura e instalaciones de hidrocarburos”[1]. Se plantea modificar el artículo 317° del Código Penal que regula el delito de asociación ilícita para delinquir, con la finalidad que se efectúe correcciones por “Organización Criminal” (sic), también se busca tipificar la figura de “Banda criminal” con el objetivo de intervenir a las organizaciones criminales, de modo que “por el solo hecho de reunirse y planificar sus delitos” sean pasibles de una sanción penal[2]. En lo que respecta a las modificaciones al Código Procesal Penal, se propone restringir la aplicación de la terminación anticipada y la confesión sincera; sin embargo, en el citado proyecto no se mencionan ante qué supuestos se restringirían.

Además, se plantea fortalecer el sistema de lucha contra el lavado de activo y el financiamiento del terrorismo, otorgando mayores facultades a la UIF-Perú. La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) Perú no puede acceder al secreto bancario y la reserva tributaria, frente a lo cual se plantea brindar dicho acceso, no sólo para estar  acorde con los estándares internacionales[3], sino también porque serviría de sustento en el marco de las investigaciones y procesos penales por lavado de activos.

También en el marco de lucha contra los delitos de lavado de activos y financiamiento de terrorismo, se busca modificar los alcances de la Ley N° 30424, que regula la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas por el delito de cohecho activo transnacional, para incluir la responsabilidad autónoma o directa de las personas jurídicas involucradas en estos delitos, sin perjuicio de la responsabilidad penal que haya contra las personas naturales que se vean involucradas[4]. Finalmente en este apartado, se estipula ampliar los alcances de la norma en cuanto a los delitos de peculado, colusión, cohecho activo genérico, cohecho activo específico y tráfico de influencias, no incluyéndose mayores detalles.

En cuanto a la lucha contra la corrupción, se propone la creación de la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la información Pública, la cual tendrá acceso a la información pública y datos personales, teniendo como objetivo garantizar la eficacia del derecho de acceso a la información, así como crear un sistema de acciones para aquellos funcionarios que entorpezcan la entrega de la misma.

Entre otros aspectos, se desea establecer mecanismos de denuncias que permitan el anonimato, la restricción de los condenados por delitos contra la administración pública para que no puedan ingresar a laborar al sector público, y la creación de un registro de sanciones impuestas a los abogados a nivel nacional, a fin de que la ciudadanía tome una decisión adecuada al momento de su contratación, incentivando con esta medida la transparencia y buenas prácticas.

En relación a la materia sobre el agua y saneamiento, se propone promover el acceso a dichos servicios, así como modernizar la gestión de las empresas prestadoras de tales servicios. Finalmente, en cuanto a la reorganización de Petroperú, se pretende legislar con el fin de garantizar la confiabilidad en el abastecimiento de hidrocarburos, mediante la creación de un marco para el fortalecimiento institucional de las entidades involucradas en su administración y operación.





[1] En cuanto al tema de hidrocarburos, se señala la intervención estatal para imponer sanciones penales que sirvan para erradicar hechos tales como: “robar” la producción de petróleo, dañar infraestructuras de propiedad del Estado y privados, y agredir a los trabajadores y contratistas con la finalidad de cometer estos delitos, porque, los hechos antes descritos tendrían como principales destinos la minería ilegal, el comercio ilegal de hidrocarburos, la producción de combustible adulterado, el quemado de harina de pescado e inclusive el narcotráfico. Cfr. Exposición de Motivos del Proyecto de Ley que delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia de reactivación económica y formalización, seguridad ciudadana, lucha contra la corrupción, agua y saneamiento y reorganización de Petroperú S. A., p 26.
[2] En este apartado, se mencionan otras modificaciones como por ejemplo calificar como agravante del delito de feminicidio el hecho de que los hijos de la víctima hayan presenciado el acto delictivo, así como, ampliar el bien jurídico protegido de modo que se tutele no sólo a la vida de las mujeres sino también el bienestar integral de los niños que se puedan ver involucrados y afectados. También, se busca incorporar un nuevo delito relacionado al tráfico de sangre. Cfr. Ibídem, p. 25.
[3] Otros países como Colombia, Ecuador, Bolivia, Chile, Argentina, Uruguay, Paraguay, México, Guatemala y Estados Unidos cuentan con acceso al secreto bancario y a la reserva tributaria por medio de las UIF. Cfr. Ibídem, p. 35.
[4] Con esta medida se busca asumir los estándares internacionales de la ONU, la OCDE y las recomendaciones del GAFI (Grupo de Acción Financiera Internacional). Este último establece que los países que no cumplan con incorporar la responsabilidad autónoma de las personas jurídicas, pueden ser considerados en la lista de países que con deficiencias en sus sistemas de prevención del lavado de activos y financiamiento al terrorismo. Cfr. Ibídem, p. 43.